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Competencia impulsa el autoconsumo eléctrico facilitando su contratación

29.07.2022 10:28

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Competencia impulsa el autoconsumo eléctrico facilitando su contratación

Madrid, 29 jul (.).- La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha adaptado una serie de medidas que simplifican los trámites para contratar el autoconsumo eléctrico en España, y que impulsarán la entrada de energías renovables, la descarbonización de la economía y la competencia en el mercado minorista.

El real decreto por el que se regulan la condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo de energía eléctrica estableció que, en un plazo no superior a tres meses desde su publicación, la CNMC debía adaptar los formatos y protocolos de comunicación vigentes relativos al autoconsumo eléctrico.

Para cumplir con este mandato, la CNMC explica en un comunicado remitido este martes que trabajó con los agentes del sector eléctrico y las comunidades autónomas, y adaptó los formatos de comunicación vigentes de forma que permitieran el desarrollo del real decreto.

Esto se realizó, asegura, con un mínimo impacto en los sistemas de los agentes, dado el plazo ajustado establecido en el real decreto.

Desde entonces han pasado ya cerca de tres años y se cuenta con la experiencia operativa suficiente, por lo que ha sido posible mejorar la regulación de estos procesos para tratar de evitar determinados cuellos de botella detectados, argumenta la CNMC.

En una resolución aprobada ahora se introducen las medidas acordadas en grupos de trabajo liderados por la CNMC y compuestos por distribuidores, comercializadores, asociaciones de consumidores y administraciones públicas.

Para ello, se ha hecho una «implementación exhaustiva» de los formatos y protocolos de comunicación relacionados con el autoconsumo, en relación a los procesos de contratación, facturación y reclamación del autoconsumo.

AUTOCONSUMO DE BAJA POTENCIA

Se permite que la contratación del autoconsumo (en baja tensión) se realice mediante dos vías de contratación alternativas.

Una primera vía, vigente actualmente para instalaciones de generación en baja tensión con potencia instalada menor a 100kW, que se inicia a partir del Certificado de Instalación Eléctrica (CIE) presentado a la administración autonómica, que remite la información al distribuidor, y éste al comercializador.

Una vez que el consumidor está conforme con la información técnica, el comercializador solicita la contratación del autoconsumo al distribuidor, y éste comienza su proceso de medida y de facturación de peajes.

La segunda vía, que utiliza los canales tradicionales de contratación, con la interacción directa entre comercializador y distribuidor, tiene un uso extendido entre los agentes eléctricos para las instalaciones de mayor tamaño.

En este caso, se inicia con la solicitud de la contratación del autoconsumo por parte del comercializador al distribuidor, acompañado del CIE, para que éste comience el proceso de medida y de facturación de peajes. Esta vía ya vigente para otras instalaciones se amplía ahora con la resolución de la CNMC a todas las instalaciones de autoconsumo, grande o pequeño.

AUTOCONSUMO COLECTIVO

En estos casos, prosigue la CNMC, se mejora el proceso de contratación de los autoconsumos colectivos.

Se permitirá iniciar el proceso con unos pocos puntos de suministro, de forma que progresivamente puedan incorporarse otros.

La resolución facilita el cambio de autoconsumo individual a colectivo.

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