El TJUE niega a accionistas el derecho a indemnización por la resolución de Popular
05.05.2022 17:20
Un hombre utiliza un cajero automático en una sucursal del Santander junto a una del Banco Popular en Madrid
(matiza en primer párrafo que se trata de los accionistas de la ampliación de capital de 2016)
MADRID (Reuters) -El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dijo el jueves que los accionistas de Banco Popular (BME:POP) que participaron en su ampliación de capital en 2016 no tienen derecho a ser compensados por las pérdidas sufridas tras la resolución y el rescate de la entidad crediticia española, hace casi cinco años.
En junio de 2017, las autoridades europeas orquestaron un rescate del Popular de la noche a la mañana, en el que los accionistas y algunos tenedores de bonos asumieron pérdidas al venderse el banco por un euro nominal a su competidor de mayor tamaño, el Santander (BME:SAN).
La sentencia se produce después de que un tribunal regional en España hubiera pedido una aclaración al TJUE para determinar si las normas de resolución excluyen el derecho a la compensación de los accionistas que habían suscrito la ampliación de capital de 2.500 millones de euros (2.640 millones de dólares) de Popular en mayo de 2016, basándose en información defectuosa en el folleto de emisión.
El TJUE basa su sentencia, que no puede ser recurrida, en la directiva de la Unión Europea que establece el marco para la reestructuración y la resolución.
La resolución del Popular se llevó a cabo a través de las llamadas normas de ‘bail-in’ o recapitalización interna, según las cuales los accionistas y los tenedores de bonos asumen la responsabilidad de financiar futuros rescates bancarios antes que los contribuyentes.
La directiva, según el TJUE, establece el «principio de que son los accionistas, seguidos de los acreedores, de una entidad de crédito sometida a un procedimiento de resolución quienes deben soportar prioritariamente las pérdidas sufridas».
También dijo que la protección de los inversores en toda la UE «no puede considerarse que ese interés prevalezca en todo caso sobre el interés general consistente en garantizar la estabilidad del sistema financiero».
RECLAMACIONES DE PROSPECTOS
La operación fue aclamada por los organismos españoles y de la UE como una primera prueba exitosa de un régimen europeo más estricto para tratar con los bancos con problemas, después que el Popular se viera afectado por un pánico bancario.
Sin embargo, los accionistas presentaron demandas para anular la adquisición de acciones en la ampliación de capital, alegando que el folleto contenía información inexacta e incompleta, así como una interpretación errónea y la ocultación de información relevante sobre la situación financiera del banco.
En 2016, el Popular registró una pérdida récord de 3.500 millones de euros después de que los cargos por préstamos inmobiliarios agravados erosionaran la posición de capital del banco.
En julio de 2017, Santander ofreció bonos perpetuos como parte de una oferta comercial para compensar a algunos clientes minoristas que adquirieron acciones y deuda subordinada de Banco Popular.
Paralelamente, otros accionistas significativos y bonistas ‘junior’ afectados por el rescate del Popular presentaron demandas contra la junta única de resolución encargada de su liquidación, argumentando que el banco no estaba necesariamente al borde del colapso.
El Popular tenía un valor de mercado de unos 1.300 millones de euros el día que fue rescatado. También se eliminaron unos 1.900 millones de euros en bonos subordinados y convertibles.
En el marco de una investigación penal separada, la Audiencia Nacional de España está investigando el papel en la quiebra de los antiguos ejecutivos del Popular, que han negado cualquier delito.
(1 dólar = 0,9477 euros)
(Reporte de Jesús Aguado; editado en español por Flora Gómez, Benjamín Mejías Valencia y José Muñoz en la redacción de Gdansk)