Principales medidas del paquete fiscal del Gobierno aprobado este jueves Por EFE
19.12.2024 17:17
Madrid, 19 dic (.).- El Congreso de los Diputados ha aprobado este jueves, de manera definitiva, la ley que regula un tipo mínimo para las multinacionales y el paquete fiscal del Gobierno, a la que se han incorporado propuestas de diferentes partidos.
Estas son las principales medidas incluidas en la ley.
– Transposición de la directiva que regula un impuesto complementario para que las multinacionales paguen, al menos, un tipo mínimo efectivo del impuesto de sociedades del 15 % de su resultado contable ajustado.
– Creación de un impuesto sobre el margen de intereses y comisiones bancarias, con tipos de entre el 1 % y el 7 %; y dos importantes deducciones, una de parte de la cuota del impuesto de sociedades y otra extraordinaria en caso de pérdida de rentabilidad.
– Derogación del gravamen extraordinario sobre las grandes energéticas, que ha estado en vigor desde 2022.
– Subir dos puntos el IRPF para las rentas del capital superiores a 300.000 euros, de manera que el tramo pasaría del 18 % al 20 %.
– Gravar los vapeadores y subir la fiscalidad del tabaco.
– Bajar el IVA de los productos de leche fermentada, como el yogur, al tipo superreducido (4 %).
– Modificar el impuesto de sociedades para compensar la anulación por parte del Tribunal Constitucional de las reformas del PP. Esto implica limitar la compensación de bases imponibles y deducciones por doble imposición, revertir deterioros de valor y extender la limitación de la compensación de las pérdidas de las filiales.
– Cambios normativos para combatir el fraude fiscal en el sector de los hidrocarburos.
– Bajar progresivamente el impuesto de sociedades para las empresas que facturan menos de un millón de euros.
– Eximir de tributación las ayudas que algunos empleadores han entregado a trabajadores afectados por la dana.
– Impulsar la modificación de la directiva europea del IVA para que se pueda gravar a los pisos turísticos.
– Regulación de la incompatibilidad entre la percepción de una pensión vitalicia por incapacidad permanente absoluta o de gran invalidez y un trabajo que suponga darse de alta en la Seguridad Social, en cuyo caso se suspendería el pago de la pensión hasta que se produzca el cese en el trabajo.
– Exoneración del pago de las cuotas de la Seguridad Social de los entrenadores de clubes deportivos no profesionales.