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Rato cometió un delito fiscal en España en 2006 cuando trabajaba en Washington Por EFE

20.12.2024 18:31



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Madrid, 20 dic (.).- La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado al ex director gerente del FMI Rodrigo Rato a 4 años y 9 meses de cárcel por, entre otros motivos, no incluir en su declaración de la renta de 2006, cuando residía en Washington, un total de 263.626 euros que traspasó entre dos de sus cuentas, con objeto de eludir el pago de impuestos en España.

De los once delitos contra Hacienda que la Fiscalía Anticorrupción atribuía a Rato, la Audiencia Provincial de Madrid sólo ha considerado tres, entre ellos el relativo a uno de los años -2006- en los que estuvo al frente del Fondo Monetario Internacional (FMI).

La sentencia de más de 1.200 páginas, a la que ha tenido este viernes acceso EFE, recuerda que desde 2004 hasta octubre de 2007 Rato fue director gerente del FMI, por lo que residió temporalmente en Washington, donde adquirió una vivienda que vendió a su regreso a España.

Pese a ello, sostiene el tribunal, Rato mantuvo su anterior domicilio en Madrid, en el que continuaban residiendo sus tres hijos, dos de los cuales eran menores de edad, y en España seguía estando su principal fuente de actividad económica, «las sociedades que le pertenecían o en las que participaba, sus cuentas corrientes y productos bancarios españoles, los inmuebles de su propiedad o de la de sus sociedades, y sus inversiones financieras».

Todo ello, prosigue la sentencia, lo controlaba Rato «personalmente, dando órdenes e instrucciones sobre ello a sus empleados» o a personas como el abogado Domingo Plazas -que ha sido condenado por cooperación en los delitos fiscales a penas que suman 18 meses de cárcel y multa de algo más de 155.000 euros-.

Plazas llevaba la administración de Kradonara, considerado el epicentro del entramado societario de Rato, y desde su bufete se confeccionaron las declaraciones tributarias de Rato en España, «siguiendo sus instrucciones».

Según relatan los hechos probados de la sentencia, a principios de 2006, la sociedad Aurosur, en la que Rato tenía participación, había recibido 2.958.000 euros por la venta de inmovilizado a la sociedad Gestión de Activos Castellana 40.

El 14 de marzo de 2006, «desconociéndose la razón de ello», se transfirieron 600.000 euros desde Aurosur a una cuenta de la que era titular Red Rose Financial Enterprises, sociedad propiedad de Rato.

Dicha transferencia, «por indicación de Rato», se produjo «con la finalidad de que la Agencia Tributaria española no tuviera conocimiento de la misma y no tener que pagar así los impuestos correspondientes a dicho aumento patrimonial», añade el documento.

En conclusión, «efectivamente Rodrigo Rato no incluyó dicho importe en su declaración de IRPF correspondiente al ejercicio 2006», por lo que dejó de abonar a Hacienda 263.626 euros, indica la sentencia.

Curiosamente, Rato ha defendido en todo momento que durante el tiempo que residió en Washington su domicilio fiscal estaba allí, pese a lo cual no supo explicar por qué cumplimentó durante aquellos años sus declaraciones de IRPF en España.

De hecho, uno de los peritos que testificó en su defensa, Jorge Salto, explicó que «el centro de intereses de Rato no estaba en España», con lo que una de las condiciones para establecer su residencia en el país no se cumplía.

Durante su testifical, Rato explicó que el asesor fiscal de la familia hizo dichas declaraciones «por inercia», para a continuación asegurar que «no fue una buena idea».

Y este viernes, tras conocer el fallo, Rato ha señalado que el ejercicio 2006 «ya estaba prescrito en abril de 2015, cuando comenzó esta causa, que no incluía este ejercicio, y más prescrito aún en el escrito de acusación de 2021».

eyp-





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