El Senado retrasa a 2027 el cambio fiscal del gas de los inhaladores
20.06.2022 15:40
El Senado retrasa a 2027 el cambio fiscal del gas de los inhaladores
Madrid, 20 jun (.).- El Senado ampliará dos años, hasta 2027, el periodo transitorio para que el sector se adapte a la nueva normativa tributaria del impuesto sobre los gases que utilizan los inhaladores de suministros farmacéuticos.
Esta ampliación de plazo ha sido la única modificación introducida por la Comisión de Industria del Senado a la proposición de ley que regula las estadísticas de pymes, que previsiblemente será aprobada en el Pleno del próximo miércoles para su vuelta al Congreso.
La proposición de ley es una iniciativa del grupo socialista en el Congreso que pretende mejorar la calidad de la información estadística sobre la participación de las pymes en la contratación pública.
Durante su trámite en la Cámara Baja, el Congreso incluyó en el texto de la proposición de ley la modificación del impuesto sobre los gases fluorados, prevista en el Plan de Recuperación y cuya tramitación ya había sido autorizada por el Consejo de Ministros.
Este cambio normativo consiste en la simplificación del impuesto sobre los gases fluorados de efecto invernadero, que pasará a gravar la fabricación o importación de estos gases -utilizados en aires acondicionados o frigoríficos- en lugar de la venta como sucede actualmente.
El cambio no supone modificar el ámbito objetivo ni el tipo impositivo del impuesto, que existe en España desde 2013, sino simplificarlo para mejorar su efectividad y control.
Además, la norma prevé dejar un periodo para que el sector se adapte a la nueva normativa, de manera que el gravamen sobre el hexafluoruro de azufre destinado a la fabricación de productos eléctricos no se empezará a gravar hasta 2024.
También se fija un periodo transitorio para los gases para inhaladores de suministros farmacéuticos, inicialmente hasta 2025 y ampliado por el Senado hasta 2027 tras la incorporación de una enmienda de PSOE y ERC.
La simplificación del impuesto pasa por cambiar el hecho imponible del gravamen, que ya no será la venta o entrega del gas al consumidor final sino la fabricación, importación, adquisición intracomunitaria o tenencia irregular de este.
La reforma también prevé crear la figura del almacenista de gases fluorados, que no tendrá que abonar el impuesto hasta que entregue el gas o lo consuma para evitar que tenga que asumir el coste financiero del gravamen en el periodo que transcurra entre el momento de la tributación y la venta.
La propuesta normativa también prevé eximir del pago del impuesto la fabricación, importación o adquisición intracomunitaria de gas si este se va a utilizar fuera de España, como materia prima para transformación química, en equipos militares o en buques o aeronaves que realicen navegación marítima o aérea internacional.
También quedan exentos los gases contenidos en el equipaje personal de viajeros procedentes de un territorio tercero.
El impuesto sobre gases fluorados recaudó 62 millones de euros en 2020, de acuerdo a la información disponible en la página web de la Agencia Tributaria.
mpca-