La CNMC tendrá que rebajar multa a Atresmedia por fijar cuotas a aunciantes
06.04.2022 14:30
La CNMC tendrá que rebajar multa a Atresmedia por fijar cuotas a aunciantes
Madrid, 6 abr (.).- La Audiencia Nacional ha estimado parcialmente un recurso de Atresmedia (MC:A3M) contra una sanción de 2,8 millones de euros impuesta por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) por incumplir los términos de la fusión entre La Sexta y Antena 3, e insta al organismo a recalcular la multa.
En una sentencia fechada el pasado 18 de marzo a la que ha tenido acceso Efe, la sala de lo contencioso aborda la sanción que la CNMC impuso a Atresmedia por exigir a sus anunciantes cumplir unas «cuotas relativas de inversión publicitaria».
La CNMC autorizó la fusión de Antena 3 y La Sexta con una serie de condiciones, entre las que figuraba que «la entidad resultante no podrá comercializar mediante una misma oferta comercial la publicidad o cualquier otra forma de comunicación comercial televisiva de los dos canales en abierto de mayor audiencia de entre los que gestiona».
Asimismo, especificaba que no se podían desarrollar políticas comerciales y de precios que implicaran la venta vinculada, directa o indirectamente, a los anunciantes o agencias de medios de los distintos paquetes comerciales de publicidad de canales de televisión.
En su recurso, Atresmedia acusaba a la CNMC de dar un tratamiento confidencial a las respuestas aportadas por los anunciantes, de modo que la cadena no podía saber qué anunciante alegaba mala praxis y por tanto se vulneraba su derecho de defensa, ya que no podía rebatir la prueba de cargo en la que se sostenía la sanción.
En este punto, la sala da la razón a la cadena, al entender que la CNMC debió proporcionar el contenido íntegro de las respuestas dadas por los anunciantes de publicidad a la CNMC en sus labores de vigilancia.
La Audiencia no considera que «la identidad del anunciante de publicidad sea un dato que deba ocultarse a la sancionada, porque es difícil concluir que se trata de un dato confidencial cuando ha mantenido relaciones comerciales con la misma».